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PROCEDIMIENTO TERMINACIONES UNILATERALES EN CONTRATACIÓN PÚBLICA

  La ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública se refiere a los casos en los que es procedente la Terminación Unilateral de Contratos, el artículo 94 de la LOSNCP, respecto de la Terminación Unilateral del Contrato expone las siguientes causales:   Art. 94.- Terminación Unilateral del Contrato .- La Entidad Contratante podrá declarar terminada anticipada y unilateralmente los contratos a que se refiere esta Ley, en los siguientes casos: 1.      Por incumplimiento del contratista; 2.      Por quiebra o insolvencia del contratista; 3.      Si el valor de las multas supera el monto de la garantía de fiel cumplimiento del contrato; 4.      Por suspensión de los trabajos, por decisión del contratista, por más de sesenta (60) días, sin que medie fuerza mayor o caso fortuito; 5.      Por haberse celebrado contratos contra expresa prohibición de esta Ley; 6...