PROCEDIMIENTO TERMINACIONES UNILATERALES EN CONTRATACIÓN PÚBLICA
La ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública se refiere a los casos en los que es procedente la Terminación Unilateral de Contratos, el artículo 94 de la LOSNCP, respecto de la Terminación Unilateral del Contrato expone las siguientes causales: Art. 94.- Terminación Unilateral del Contrato .- La Entidad Contratante podrá declarar terminada anticipada y unilateralmente los contratos a que se refiere esta Ley, en los siguientes casos: 1. Por incumplimiento del contratista; 2. Por quiebra o insolvencia del contratista; 3. Si el valor de las multas supera el monto de la garantía de fiel cumplimiento del contrato; 4. Por suspensión de los trabajos, por decisión del contratista, por más de sesenta (60) días, sin que medie fuerza mayor o caso fortuito; 5. Por haberse celebrado contratos contra expresa prohibición de esta Ley; 6...